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Información general

Los proveedores y empresas que deseen conocer a qué números no deberán enviar publicidad por teléfono o utilizar la información de los consumidores pueden solicitar la consulta de los números telefónicos inscritos en el REPEP, realizando el pago de la tarifa que corresponda, de acuerdo a:

  • Las entidades que deseé consultar.
  • El periodo de 6 meses o 1 año.

Podrán renovar el periodo de consulta de los números telefónicos inscritos en un lapso no mayor a 15 días naturales contados a partir del día siguiente al vencimiento del término solicitado.

Si llaman o envían mensajes de texto a números telefónicos inscritos en el REPEP, pueden ser denunciados por los consumidores y en su caso, sancionados hasta por $1’798,305.81, salvo cuando los consumidores hayan dado su consentimiento para recibirlas.

Los proveedores y terceros, a través de los cuales ofrecen sus bienes, productos o servicios, son responsables de la información de los consumidores y multas.